
Novedades IRPF 2018
Desde Llorente&Rayón hemos realizado este pequeño resumen para comentar de forma clara y precisa las novedades que trae la próxima campaña del IRPF 2018.
Las novedades fiscales más importantes son las siguientes:
- Los contribuyentes con rendimientos de trabajo procedentes de dos pagadores inferiores a 12.643 euros no están obligados a declarar. El nuevo límite es de 14.000 euros anuales, pero en el ejercicio 2018 solo aplica desde el 5 de julio quedando en 12.643 euros.
- El límite para las retribuciones del trabajo procedentes de un solo pagador no ha variado, continúa en 22.000 anuales.
- Se beneficiarán de una reducción de su cuota los contribuyentes con rentas inferiores a 16.825 euros. Según los Presupuestos de 2018, esta deducción asciende a 5.565 euros anuales para quienes ingresan menos de 13.115 euros y una cantidad proporcional a esta cifra entre 13.115 y 16.825 euros.
- Están exentos de pago de IRPF los ingresos correspondientes a las prestaciones de maternidad y paternidad cobrados en 2018.
- Se incrementa la deducción por maternidad 1000 euros anuales cuando el contribuyente soporte gastos de custodia en centros de guardería o centros de educación infantil autorizados.
- La deducción por las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla se incrementa en un 10% pasando del 50% al 60%.
- La deducción por familia numerosa también se incrementa en 600 euros anuales por cada hijo a partir del cuarto para la categoría general o del sexto para la categoría especial. En 2018 solo aplica de agosto a diciembre con lo que la deducción máxima será de 250 euros (50 euros por mes).
- Queda establecida una deducción para los contribuyentes que tengan al resto de la unidad familiar en otro Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, de este modo se pretende que la cuota se equipare a la que tendrían si todos residieran en España.
- Se establece una deducción por cónyuge con discapacidad a cargo de 1200 euros, 100 al mes. En 2018 se aplicarán solo en los meses de agosto a diciembre.
- Los contribuyentes que inviertan en empresas de nueva creación podrán deducirse un 30% de los importes, con una base máxima de deducción de 60.000 euros.
La posibilidad de solicitar la pre-declaración de la renta en papel desaparece. El contribuyente podrá imprimir la vista previa de su borrador si quiere comprobarlo en papel.
Calendario para la campaña 2018
A continuación, las fechas de interés en relación con la presentación de la declaración:
15 marzo: Inicio del plazo para consultar los datos fiscales y el número de referencia. Web o APP
- 1 abril: Solicitud cita previa telefónica.
- 2 abril: Comienzo de la campaña de la renta. Desde este momento se pueden presentar y modificar las declaraciones de la Renta y el Patrimonio de 2018
- 9 de mayo: Solicitud cita previa para la atención en oficinas de la Agencia Tributaria y otras entidades colaboradoras para consultas y confección de las declaraciones de la renta.
- 14 de mayo: Atención presencial en oficinas para modificar y presentar la declaración de la Renta 2018 del 14 de mayo al 1 de julio. Hay que concertar cita previa.
- 26 de junio: Término del plazo para presentar declaraciones de Renta y Patrimonio con domiciliación bancaria.
- 1 de julio: Fecha límite para presentar declaraciones de Renta y Patrimonio.
- 5 de noviembre: Ingreso del segundo plazo de la cuota del impuesto sobre la Renta 2018. En el caso de pago fraccionado.
Desde Llorente&Rayón le ofrecemos nuestros servicios para la realización y presentación de su IRPF y Patrimonio de forma óptima, adecuada y rentable. Contacte con nosotros y le ayudaremos en lo que necesite.


